lunes, 23 de enero de 2012

CUNA VENDIDA ENERO

Ya tengo la estrategia montada:

Desde el vencimiento de diciembre de 2011 hasta el viernes pasado, día de vencimiento, los máximos en el Futuro del Mini Ibex se han marcado en 8.682 puntos, por lo que he vendido una CALL de febrero de 8.700. He cobrado una prima de 163€. Cuando la prima valga un 10% de este valor (16€) trataré de cerrarla, ganando la diferencia: 163€-16€---> 147€


Desde el vencimiento de diciembre de 2011 hasta el viernes pasado, día de vencimiento, los minimos en el Futuro del Mini Ibex se han marcado en 8.024 puntos, por lo que he vendido una PUT de febrero de 8.000. He cobrado una prima de 74€. Cuando la prima valga un 10% de este valor (7€) trataré de cerrarla, ganando la diferencia: 74€-7€---> 67€


A partir de ahora, lo que mejor le vendría a la estrategia es que el mercado se quedase en el rango lateral que he fijado entre 8.700 y 8.000 puntos. Pero como eso no sabemos si va a ocurrir, he ideado el "PLAN B" que hay que cumplir sin dudar; para no dudar, TODOS los días hasta el vencimiento, voy a poner en el mercado:

1- Una orden de compra con stop al alza en 8.705 puntos. Con esto cubrimos las posibles pérdidas en caso de que el mercado se dispare al alza.

2- Una orden de venta con stop a la baja en 7.995 puntos. Con esto cubrimos las posibles pérdidas en caso de que el mercado se desplome a la baja.


Con esto ya tenemos montada la estrategia y la protección en forma de stops. Si todo va bien espero ganar 147€+67€---> 214€

4 comentarios:

Anonymous Anónimo ha dicho...

Tenía escrito un comentario más largo, pero al ir a ponerlo se ha borrado así que simplifico, te has olvidado del detalle de que está prohibido vender calls, así que no se si esa estrategia no podría suponer infringir la prohibición de cortos...

Salu2.

Javier.

23 de enero de 2012, 12:32  
Blogger P. Rojas ha dicho...

Hola, es cierto, la prohibición sigue en pie, pero depende de tu cartera que la suma total neta no suma una posición corta.

Sin cartera NO se debería hacer hasta q levanten la prohibición. Con cartera del sector financiero debrías calcular si infringes la norma.

Un saludo!

23 de enero de 2012, 12:37  
Anonymous Anónimo ha dicho...

Eso es más o menos lo que te ponía en el comentario que no ha salido, que como cobertura de una posición de contado se puede hacer, pero "a pelo" no.

Un saludo.

Javier.

23 de enero de 2012, 13:00  
Blogger P. Rojas ha dicho...

La idea de esta estrategia es realizarla en el tiempo.

Tarde o temprano la CNMV quitará la restricción de ventas y la podremos hacer sin problemas, mientras tanto, esta estrategia la puede realizar todo aquel cuya cartera se lo permita.

23 de enero de 2012, 15:29  

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